CONDICIONES Y AMBIENTE
EN QUE DEBE DESARROLLARSE EL TRABAJO
Artículo
59.-
A los efectos de la protección de los trabajadores, el trabajo debe
Desarrollarse en un ambiente y condiciones adecuadas de manera que:
1.- Asegure a los
trabajadores el más alto grado posible de salud física y mental.
2.- Adapte los aspectos
organizativos y funcionales, los métodos, sistemas o procedimientos utilizados
en la ejecución de las tareas, así como las maquinarias, equipos, herramientas
y útiles de trabajo, a las características de los trabajadores y cumplan con
los requisitos establecidos en las normas de salud, higiene, seguridad y
ergonomía.
3.- Preste protección a la
salud y a la vida de los trabajadores contra las condiciones peligrosas en el
trabajo.
LEY
PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Definición
de Discapacidad
Artículo
5.- ...la
condición compleja del ser humano constituida por factores biopsicosociales,
que evidencia una disminución o supresión temporal o permanente (...) que puede
manifestarse en ausencias, anomalías, defectos, pérdidas o dificultades para
percibir, desplazarse sin apoyo, ver u oír, comunicarse con otros o integrarse
a las actividades...
Definición
de Persona con Discapacidad
Artículo
6.- Son
todas aquellas personas que por causas congénitas o adquiridas presenten alguna
disfunción o ausencia de sus capacidades de orden físico, mental, intelectual,
sensorial o combinaciones de ellas; de carácter temporal, permanente o
intermitente, que al interactuar con diversas barreras le impliquen desventajas
que dificultan o impidan su participación, inclusión e integración a la vida
familiar y social, así como el ejercicio pleno de sus derechos humanos en
igualdad de condiciones con los demás.
Artículo
16.-
Toda persona con discapacidad tiene derecho a asistir a una Institución o
Centro Educativo para obtener educación, formación o capacitación. No deben
exponerse razones de discapacidad para impedir el ingreso a Institutos de
educación regular básica, media, diversificada, técnicas o superior, formación
profesional o en disciplinas o técnicas que capaciten para el trabajo.
Artículo 28.- Los órganos y entes
de la Administración Pública y Privada o mixtas… deberán incorporar a sus
planteles de trabajo no menos de un (5%)
de personas con discapacidad permanente, de su nómina total… No podrá
oponerse argumentación alguna que discrimine, condicione o pretenda impedir el
empleo de Personas con Discapacidad permanente, sean ellos empleados u obreros.
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